Las medidas de Portugal contra el juego online de operadores extranjeros respaldadas por Europa
Cada vez son más comunes los casos de estados que toman medidas para evitar que operadores de juego online extranjeros puedan funcionar dentro de su territorio.
Portugal es uno de los ejemplos de estas iniciativas nacionales. En este caso se plantearon cuando surgió un conflicto entre bwin y la Liga Portuguesa de Futbol Profesional (que habían llegado a un acuerdo) y la Santa Casa da Misericordia de Lisboa, que según la legislación portuguesa tenía el derecho exclusivo del servicio de las apuestas. Recientemente, además, un abogado general del Tribunal Europeo de Justicia, tras la decisión de nuestro país vecino de monopolizar nacionalmente las apuestas online, ha declarado que tal acción puede ser legal si cumple ciertas garantías, como una consulta de si resulta de interés público así como un control de que los consumidores están debidamente protegidos.
Este pronunciamiento implicaba también el reconocimiento de que además tiene que ser la misma justicia portuguesa la que decida si estos requisitos se cumplen.
Naturalmente las compañías privadas asentadas fuera de Portugal y con intereses en el país se han declarado en contra por considerar que viola los principios fundamentales de un mercado libre y justo.
En qué medida afectará esto a las salas de poker online es algo que tendremos que ver.
Hemos recibido una nota de prensa de la Asociación Europea de Juego y Apuestas (EGBA), integrada por bwin, Partygaming y Unibet entre otras empresas de juego online, en la que se manifiestan esencialmente sobre el conflicto mencionado arriba sobre los derechos sobre la apuesta deportiva. Os reproducimos parte de ella, en la que sus conclusiones son extrapolables al marco más general del juego online:
"Según el Abogado General Bot, “la normativa portuguesa por la que se confiere a la Santa Casa el monopolio de las apuestas mutuas por Internet puede ser conforme con el Derecho Comunitario si se cumplen determinados requisitos.”
A esto añadió Sigrid Ligné, Secretaria General de la EGBA: “Después de un detallado análisis del presente caso hemos llegado a la conclusión de que los requisitos exigidos no se cumplen y que por consiguiente, el monopolio portugués del juego de azar no es viable con el Derecho Comunitario.”
El antiguo Abogado General del TJCE Siegbert Alber comentaba al respecto: “En mi opinión, los proveedores privados con licencia comunitaria son igualmente capaces de cumplir todos los requisitos estatales. Es bastante sencillo verificar el cumplimiento de dichos requisitos mediante los mecanismos de control estatales.”
Las experiencias vividas en mercados regulados como Inglaterra, Malta y Austria demuestran que un monopolio no es necesariamente obligatorio para alcanzar objetivos como la lucha contra el fraude y la protección al consumidor.
La opinión de hoy se enmarca en el ámbito de un creciente aumento de las peticiones de decisión prejudicial (16 en total) presentadas ante el TJCE por los Juzgados nacionales y se produce en un momento en el que la Comisión está dilucidando si denunciar o no a varios Estados Miembro ante el TJCE por la posible incompatibilidad de su legislación sobre el juego de azar con las normas de la CE.
La opinión del Abogado General no vincula al TJCE. La EGBA espera que se dicte sentencia en la presente cuestión prejudicial a principios de 2009."

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